La Declaración de los Derechos del Hombre

En 1789, el pueblo de Francia causó la abolición de una monarquía absoluta y creó la plataforma para el establecimiento de la primera República Francesa
La Asamblea Nacional Constituyente, formada tras la reunión de los Estados Generales durante la Revolución Francesa, adoptó uno de los textos fundamentales, la Declaración de los Derechos del Hombre y de los Ciudadanos (en francés: La Déclaration des Droits de l’Homme et du Citoyen) como el primer paso para escribir la constitución de la República de Francia. Esto dio lugar a la elaboración de numerosos proyectos. Tras largos debates, los diputados votaron el texto final el día 26 de agosto. Esta Declaración de 1789 inspirará, en el siglo XIX, textos similares en numerosos países de Europa y América Latina.
Considerando que la ignorancia, el olvido o el menosprecio de los derechos del hombre son las únicas causas de las calamidades públicas y de la corrupción de los gobiernos, los representantes del pueblo francés, constituidos en la Asamblea Nacional, definieron en la declaración los derechos “naturales e imprescriptibles” como la libertad, la propiedad, la seguridad, la resistencia a la opresión.  Argumenta que la necesidad de la ley se deriva del hecho de que el ejercicio de los derechos naturales de cada hombre tiene sólo aquellos límites que aseguran a los demás miembros de la misma sociedad el goce de estos mismos derechos. Se reconoce la igualdad de todos los ciudadanos ante la ley y la justicia y, por último, se afirma el principio de la separación de poderes, con el fin de que esta declaración, recuerde sin cesar sus derechos y sus deberes; a fin de que los actos del poder legislativo y del poder ejecutivo, sean más respetados y para que las reclamaciones de los ciudadanos redunden siempre en beneficio del mantenimiento de la Constitución y la atención de todos.
Por lo tanto, la Declaración ve a la ley como “una expresión de la voluntad general”, destinada a promocionar esta equidad de derechos y prohibir “sólo acciones dañinas para la sociedad”.
                                                  
                                                                 Ver original aquí
(María León González)

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